Las capitulaciones matrimoniales son acuerdos que los otorgantes celebran para constituir el régimen patrimonial de su matrimonio y reglamentar la administración de los bienes, la cual deberá recaer en ambos cónyuges, salvo pacto en contrario.
Las capitulaciones matrimoniales se otorgarán antes de la celebración del matrimonio y durante éste. Podrán otorgarse o modificarse durante el matrimonio, ante Notario, mediante escritura pública.
Entre los requisitos básicos se encuentran los acuerdos, las actas de nacimiento de ambos contrayentes y formato de generales* de los firmantes acompañados de sus identificaciones oficiales (en caso de ser extranjero le solicitaremos pasaporte y legal estancia en el país).